La credibilidad de las víctimas y la presunción de inocencia enfrentan una tensión que puede debilitar la confianza en las instituciones cuando las denuncias se investigan sin suficiente rigor o se convierten en instrumentos de presión. El reto consiste en proteger a quienes denuncian sin asumir automáticamente la responsabilidad de las personas señaladas.
El debate cobró relevancia en la Ciudad de México a partir de llamados institucionales para fortalecer la investigación de denuncias de acoso laboral y sexual. Las medidas planteadas incluyen debida diligencia, legalidad, objetividad, imparcialidad, presunción de inocencia y protección tanto de denunciantes como de las personas acusadas.
Dos problemas que no deben confundirse
Una denuncia falsa implica que el hecho señalado no ocurrió o que se fabricaron elementos para inculpar a otra persona. En cambio, la instrumentalización procesal puede presentarse cuando existe un conflicto o un hecho real, pero el procedimiento se utiliza para obtener ventajas, presionar a la contraparte o afectar sus derechos.
La diferencia es relevante porque una investigación inconclusa no demuestra por sí misma que una acusación haya sido inventada. Confundir los casos no acreditados con denuncias deliberadamente falsas puede desacreditar a víctimas legítimas; pero ignorar las acusaciones fabricadas también erosiona la confianza en el sistema y deja sin protección a las personas afectadas.
La respuesta institucional requiere trazabilidad
El marco penal federal sanciona la simulación de pruebas materiales con el propósito de inculpar a alguien ante una autoridad. Sin embargo, la discusión pública también ha señalado la necesidad de revisar cómo se documentan las imputaciones verbales, cómo se clasifican las investigaciones y qué sucede cuando una resolución firme demuestra que la información difundida era falsa o inexacta.
Una política adecuada debe preservar las medidas de protección inmediata cuando exista un riesgo para la integridad de una persona, sin convertirlas automáticamente en sanciones anticipadas. Al mismo tiempo, las decisiones administrativas deben quedar respaldadas por expedientes verificables, criterios claros y revisiones que permitan identificar errores, abusos o deficiencias en la actuación institucional.
Reparar el daño sin desalentar las denuncias
La reparación también forma parte de la credibilidad institucional. Cuando una persona es afectada por información falsa o inexacta, el derecho de réplica busca equilibrar la información difundida y permitir que la versión correspondiente sea conocida por la audiencia que recibió el señalamiento inicial.
El desafío es diseñar mecanismos que restituyan derechos sin revictimizar ni revelar datos protegidos. Para ello se requieren resoluciones accesibles, versiones públicas cuidadosas, canales de rectificación con alcance equivalente y responsabilidades diferenciadas: la persona denunciante debe responder cuando se acredite dolo o abuso procesal, mientras que las instituciones deben asumir las consecuencias de una falta de debida diligencia.
La confianza no se recupera con una sola narrativa ni con respuestas automáticas. Depende de distinguir con precisión entre una denuncia falsa, una acusación no acreditada y un proceso utilizado como mecanismo de presión; de medir cada categoría con criterios transparentes, y de proteger simultáneamente a quienes denuncian y a quienes son señalados injustamente.






